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¿Cuáles son las modalidades de autoconsumo?

miércoles, 1 febrero 2023

 

La última modificación en la Ley sobre el autoconsumo energético a través de la Ley del Sector Eléctrico 24/2013, del 26 de diciembre y en el artículo 4 del RD 244/2019, facilita la incorporación al sistema de autoconsumo.

Para hacer el salto al autoconsumo energético es importante conocer las diferentes modalidades reguladas que existen hoy en día.

En una primera instancia el autoconsumo se divide en dos grandes grupos; Instalaciones aisladas de la red eléctrica e instalaciones conectadas a la red eléctrica.

En las instalaciones conectadas a la red eléctrica, tenemos diferentes modalidades; Instalaciones de autoconsumo sin excedentes e instalaciones de autoconsumo con excedentes.

  • Modalidad de autoconsumo sin excedentes.

El 100% de la energía que se produce por los paneles solares, se consume en el instante o se almacena en baterías. Para garantizar e impedir que la energía no consumida se inyecte a la red, es necesario un mecanismo anti vertido.

En esta modalidad sólo existe un sujeto; el consumidor.

Muy a menudo, en la modalidad de autoconsumo sin excedentes, se instalan unos sistemas de almacenamiento de energía con baterías que ayudan a gestionar de manera óptima la demanda de picos de energía.

  • Modalidad de autoconsumo con excedentes.

En esta modalidad forman parte dos sujetos; el consumidor y el productor. Dado que una parte de la energía se destina a la necesidad del consumidor para el autoconsumo y el resto es exportado a la red de transporte y distribución.

Dentro de esta modalidad, encontramos dos formas de gestionar el autoconsumo con excedentes:

    • Instalación acogida a compensación:

Esta modalidad es interesante siempre que la instalación fotovoltaica esté en tu vivienda o industria con una potencia inferior a 100kW. Esto mismo, a su vez, es una condición imprescindible para adherirse a la modalidad de acogida a compensación.

El funcionamiento de estar acogido a compensación es para que la energía producida y no consumida por la instalación fotovoltaica se vierta a la red, de manera que el valor de la energía excedentaria se resta de la energía adquirida de la red por el consumidor.

Es importante acordar el precio con la comercializadora energética antes de tener el circuito de autoconsumo eléctrico activado. Pero se valorará según el precio medio del mercado horario, aplicándose los beneficios a los que se pueda acoger.

    • Instalación sin acogida a compensación:

Un requerimiento imprescindible para esta modalidad es obtener una potencia superior a 100 kW para que sea muy posible el excedente de energía, dado que el fin de la modalidad sin acogida a compensación es la inyección de energía por parte del consumidor a la red.

En este caso el excedente de energía de la instalación fotovoltaica que el consumidor no use en el mismo instante, se venderá directamente en el mercado según el precio del momento.

 

Lo que está claro, es que cualquier forma de autoconsumo tiene una reducción en la factura del consumidor. Pero deberás tener muy presente tus necesidades energéticas y tu potencia instalada en tu instalación de autoconsumo.

Si tienes cualquier duda sobre la mejor forma de gestionar e instalar tu instalación de autoconsumo, no dudes en escribir a Opyce.

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